(Afers Religiosos · 20/03/25) El 20 de marzo de 2025 se ha publicado en el DOGC la Resolución de convocatoria de subvenciones en materia de asuntos religiosos para actuaciones llevadas a cabo en 2024.
Las actuaciones subvencionables se adscriben a las siguientes líneas de actuación:
– Línea 1: programas de coordinación, asesoramiento y apoyo a entidades religiosas
– Línea 2: actuaciones de promoción de la libertad religiosa y el diálogo
– Línea 3: difusión sobre la realidad religiosa en Cataluña
Las personas beneficiarias de la línea 1 son exclusivamente las federaciones de entidades u otros entes asociativos de carácter interreligioso o de religiones minoritarias presentes en Cataluña. Las de la línea 2 son las entidades religiosas, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro domiciliadas en Cataluña, siempre que sus fines fundacionales tengan una relación directa con las finalidades de esta línea. Y las personas beneficiarias de la línea 3, son las mismas que la línea 2 pero también pueden serlo las empresas de comunicación y las editoriales.
El plazo para presentar la solicitud y justificación así como la documentación asociada es del 21 de marzo al 10 de abril de 2025.
Este trámite debe llevarse a cabo exclusivamente por vía electrónica a través de la página web Tràmits gencat, donde encontrará toda la información relacionada con esta subvención, la normativa que la regula, los modelos de documentos y los formularios de solicitud y justificación.
Se puede acceder al portal del trámite a través de enlaces: :








