(Jesuitas · 05/10/26) La Compañía de Jesús en España hace público este comunicado sobre la resolución del proceso canónico contra Francesc Peris.
Sobre la expulsión de Francesc Peris
La Compañía de Jesús informa de la conclusión del proceso canónico seguido contra Francesc Josep Peris Boixeda por abusos sexuales cometidos contra menores.
Como consecuencia de la gravedad de los hechos probados en ese proceso, el Superior General de la Compañía de Jesús, P. Arturo Sosa SJ, ha decretado la expulsión de Peris del estado clerical y de la Compañía de Jesús.
La Compañía lamenta profundamente el mal causado y asume su responsabilidad moral e institucional por sus errores en el pasado. Al mismo tiempo, la Compañía muestra su reconocimiento a las víctimas por haber tenido la valentía y el coraje de denunciar los abusos sufridos, lo que ha contribuido al esclarecimiento de la verdad.
Expulsión del estado clerical
El proceso penal canónico ha encontrado a Francesc Peris culpable de varios delitos contra el sexto mandamiento del Decálogo cometidos con menores (en este caso, abuso sexual) ocurridos al menos desde los años 70. Como consecuencia, se ha decretado su expulsión del estado clerical, la pena más grave y de carácter permanente prevista por el Derecho Canónico para este tipo de delitos. La expulsión del estado clerical es competencia del Dicasterio para la Doctrina de la Fe (DDF) que ha sido delegada, a través de un mandato, al Superior General.
Esta decisión supone que Francesc Peris pierde todos los derechos, responsabilidades y funciones propias del estado clerical y queda excluido del ejercicio del ministerio sacerdotal.
El procedimiento tiene su origen en las denuncias de las víctimas, lo cual hizo que la Compañía de Jesús, en el año 2023, pusiera en marcha un proceso canónico de investigación previa para examinar dichas acusaciones e impusiera a Francesc Peris una serie de medidas cautelares. Una vez remitida la documentación de este proceso a la Curia General de la Compañía, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe autorizó al P. General, a finales de ese mismo año, a iniciar un segundo proceso canónico, denominado “penal administrativo”, con el fin de investigar los hechos con mayor profundidad a pesar del tiempo transcurrido, y con las garantías procesales correspondientes.
Expulsión de la Compañía de Jesús
De forma simultánea, el Superior General de la Compañía de Jesús, el P. Arturo Sosa SJ, ha firmado el decreto por el que Francesc Peris ha sido expulsado de la Compañía de Jesús. Esta segunda decisión afecta específicamente a su condición de miembro de la Compañía y es jurídicamente distinta de la expulsión del estado clerical.
Las dos resoluciones suponen, por tanto y dada la gravedad de los hechos, las máximas consecuencias canónicas previstas en los dos ámbitos afectados: su condición de sacerdote y su pertenencia a la Compañía de Jesús.
Francesc Peris ha sido informado de estas resoluciones y puede interponer los recursos previstos por el Derecho Canónico dentro de los plazos establecidos. Este derecho forma parte de las garantías procesales propias de todo ordenamiento jurídico.
Responsabilidad hacia las víctimas
La conclusión de estos procesos no repara por sí misma el daño causado ni pone fin a la responsabilidad moral e institucional de la Compañía de Jesús hacia las personas que sufrieron abusos sexuales por parte de uno de sus miembros.
La Compañía de Jesús reconoce y condena los errores graves que cometió en el pasado en la manera de escuchar, proteger y responder a las víctimas ante los abusos y reitera su petición de perdón a las víctimas, a sus familias y a todas las personas que se han visto afectadas.
La Compañía mantiene su compromiso de atención integral a las víctimas, que incluye escucha, acompañamiento y reparación, además de facilitar y colaborar con la investigación de cualquier nueva información que pudiera conocerse y continuar reforzando sus procedimientos de prevención, actuación y creación de entornos seguros.
Lugar de residencia a partir de ahora
Para tratar de que Francesc Peris, de 84 años, se encuentre en un entorno institucional en el que esté sometido a seguimiento y supervisión constante, la Compañía de Jesús le ha planteado suscribir un acuerdo –que él ha aceptado– que regula las condiciones en las que, ya sin ser jesuita ni sacerdote, pueda residir en una comunidad jesuita. El acuerdo incluye unas normas de conducta y una serie de prohibiciones (entre otras, no tener ningún tipo de contacto con menores o adultos en situación de vulnerabilidad, no salir o ausentarse de la casa sin permiso expreso,
no ponerse en contacto con ninguna víctima, no recibir visitas sin permiso expreso…) que Francesc Peris tiene que cumplir de forma escrupulosa. Esta permanencia residencial no modifica ni atenúa en ningún caso las sanciones impuestas.
Dicha decisión responde a un ejercicio de responsabilidad institucional, es decir, a la voluntad de compatibilizar la aplicación plena de las sanciones adoptadas con la responsabilidad de no desentenderse de una situación que requiere atención y seguimiento.
La Compañía de Jesús mantiene su compromiso con la búsqueda de la verdad y la colaboración con la justicia en todos los ámbitos. La conclusión de los procedimientos canónicos no extingue su implicación en estas situaciones que jamás debieron suceder. En coherencia, continúa intensificando su compromiso para tratar que las víctimas ocupen un lugar central en su respuesta; y promoviendo la búsqueda de la verdad, la justicia, la reparación y la creación de entornos seguros y sanos en todas sus instituciones y comunidades.








