(Afers religiosos · 12/11/20)
Estimados/as,
En primer lugar os queremos agradecer la colaboración y la responsabilidad con la que actuáis ante la pandemia de COVID-19 y desear que la situación mejore lo antes posible.
Desgraciadamente, el nivel de contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña no es todavía lo suficientemente óptimo y hay que tomar nuevas medidas y extremar el cumplimiento.
Cómo sabéis, la Resolución SLT/2700/2020, de 29 de octubre, teniendo en cuenta la necesidad de garantizar la libertad religiosa y de culto, dispuso que los actos religiosos y las ceremonias civiles, incluidas las bodas, los servicios religiosos y las ceremonias fúnebres, tienen que limitar la asistencia al 30% del aforo. Esta limitación del aforo contribuye a mantener la seguridad en el interior de los centros o locales donde se desarrollan estas actividades, pero resulta insuficiente para reducir la movilidad y el contacto social si, incluso respetando esta limitación, se reúne un número elevado de personas, con los riesgos sanitarios inherentes a este tipo de encuentros o concentraciones.
Por este motivo, y en conformidad con las indicaciones de la autoridad sanitaria, los órganos competentes del PROCICAT han acordado que la totalidad de los actos religiosos y de las ceremonias civiles, además de limitar la asistencia al 30% del aforo, no pueden exceder el número máximo de 100 personas. Esta medida será objeto de publicación oficial en breve, pero os tenemos que pedir que la respetéis desde ahora mismo, en atención a la situación sanitaria y en beneficio de todos.
Estamos seguros que podemos contar con la responsabilidad y la colaboración de todos vosotros y quedamos, como siempre a vuestra disposición para cualquier aclaración que os pueda convenir.
Atentamente,
Xavier Bernadí
Director general d’Afers Religiosos
(por suplencia)








