(Generalitat de Catalunya · 12/12/20)
El Procicat, dirigido por los Departamentos de Salud e Interior, ha aprobado esta mañana modificar algunas medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en Cataluña. Las medidas entrarán en vigor este mismo lunes.
La primera de ellas tiene que ver con la movilidad de las personas, y es que entre las 6h del viernes hasta las 6h del lunes, cualquier persona podrá moverse dentro de su comarca, y no solo limitándose en el municipio como hasta ahora. No obstante, se mantiene la restricción de entrada y salida de personas de Cataluña, excepto para aquellos desplazamientos debidamente justificados.
La resolución del Procicat recomienda, de nuevo, que los desplazamientos fuera del domicilio se limiten en lo posible, respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades. En todo caso, además de las medidas esenciales de distancia, higiene y protección a través de mascarilla, se aconseja que se adopte una estrategia de desplazamientos basada en las ‘burbujas de convivencia’ o la ‘burbuja ampliada’, que favorece una sociabilidad y un apoyo adaptados al momento epidémico actual.
Actos religiosos y ceremonias civiles (incluidos casamientos, servicios religiosos y ceremonias fúnebres)
Aforo 30% y número máximo de 1.000 asistentes, siempre que:
- Se cumplan con las condiciones de ventilación y calidad del aire reforzadas
- Se garantice una buena ventilación de los espacios cerrados mediante ventilación natural u otros sistemas de ventilación.
- Se controlen las alglomeracions.
- Haya una asignación previa de los asientos, un registro previo y los asistentes estén siempre sentados.
Los titulares de las actividades tienen que presentar una declaración responsable al departamento competente en materia de asuntos religiosos y al ayuntamiento del municipio donde se ubique el espacio de la actividad previamente a su desarrollo, en la cual se informará de las características de los sistemas de ventilación y calidad del aire y de los controles de accesos y movilidad, dando cumplimiento a las condiciones establecidas.
Si no se cumplen las medidas específicas de ventilación, control de accesos y movilidad, el aforo se tendrá que limitar a 500 personas.








